Con la llegada del proyecto de ley de Simplificaciones, que entrará oficialmente en vigor el 18 de diciembre, cambiará la forma en que los médicos podrán expedir el certificado de enfermedad. Una de las novedades más esperadas se refiere a la posibilidad de obtener la certificación también por televisita, sin necesidad de que el trabajador acuda físicamente al consultorio médico ni solicite una visita domiciliaria. El objetivo es aligerar la carga de las clínicas y acelerar los procedimientos para los pacientes, utilizando herramientas de telemedicina.
¿Cuándo comenzará la telecertificación?
A pesar de que la ley entrará en vigor en diciembre, la telecertificación. De hecho, la norma remite a un acuerdo posterior en la Conferencia Estado-Regiones, que deberá establecer los casos y métodos concretos para el uso de la televisación a efectos del certificado. Hasta que se definan estas indicaciones, seguirán aplicándose las normas actuales, que prevén la verificación directa de las condiciones del trabajador.
Seguridad y controles contra abusos
La disposición no cambia el sistema de protección contra la emisión de certificados falsos. Las sanciones seguirán siendo severas tanto para los médicos como para los trabajadores que intenten evadir las reglas, y la validez de las certificaciones remotas será igual a la emitida en persona. Las visitas fiscales también continuarán periódicamente, lo que representa una herramienta de control fundamental para prevenir abusos y garantizar la corrección de las bajas por enfermedad.
Recetas para patologías crónicas hasta 12 meses.
Una segunda innovación introducida por el proyecto de ley se refiere a las recetas farmacéuticas. Los médicos generales podrán emitir recetas repetibles válidas por hasta 12 meses para pacientes que padecen patologías crónicas, simplificando significativamente el proceso de tratamiento y reduciendo las visitas ambulatorias. Incluso en este caso, la medida no se activará de inmediato: será necesario un decreto de implementación del Ministerio de Salud, que se emitirá en un plazo de 90 días.
Cómo funcionarán las nuevas recetas
Una vez finalizado el proceso administrativo, el médico indicará en la receta la dosis y el número máximo de envases que se pueden adquirir a lo largo del año. El farmacéutico podrá dispensar medicamentos para 30 días de terapia a la vez y comunicará la entrega al médico tratante, fortaleciendo la colaboración entre los profesionales sanitarios. Además, se podrán recoger los medicamentos presentando la documentación de alta hospitalaria o informes de urgencias, sin esperar a una nueva prescripción del médico de familia.