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Fallo histórico en India: el Tribunal Supremo reconoce la salud menstrual como un derecho fundamental

Queremos decirle a cada niña que faltó a la escuela porque percibían su cuerpo como una carga: no es su culpa”.

Con estas palabras, en las últimas semanas, el Tribunal Supremo de la India cerró el fallo en el caso Dr. Jaya Thakur contra el Gobierno de la Indiaestableciendo que la salud menstrual es parte del derecho fundamental a la vida y la libertad personal garantizado por el artículo 21 de la Constitución de la India.

La decisión representa un paso importante: la menstruación ya no es considerada un asunto privado o individual, sino una responsabilidad colectiva que concierne a la sociedad, las instituciones y el sistema educativo, reconociendo la salud menstrual como alfabetización corporal y autonomía personal.

Barreras que limitan la educación y la participación

En su razonamiento, la Corte vincula la salud menstrual con la justicia social, reconociendo que numerosos obstáculos impiden que muchas niñas y personas que menstrúan participen plenamente en la vida escolar.

Entre estos:

Según los jueces, “Los derechos sólo pueden garantizarse verdaderamente si se tienen en cuenta las desigualdades estructurales relacionadas con el género, la casta, la religión, la raza y las condiciones socioeconómicas.“.

El fallo reconoce que muchas personas enfrentan múltiples desventajas, pero el análisis sigue siendo incompleto. Aparte de abordar la realidad de las personas transgénero y no binarias que menstrúan, la cuestión de la discriminación de castas sigue parcialmente sin resolver. De hecho, en la India las personas que pertenecen a comunidades dalits Sufren regularmente el estigma relacionado con la menstruación y, a menudo, se utilizan en trabajos de limpieza y eliminación de residuos sanitarios.

La decisión del Tribunal de mejorar los sistemas de eliminación de desechos menstruales en las escuelas ha sido bien recibida, pero algunos observadores señalan que este trabajo corre el riesgo de recaer nuevamente en las trabajadoras dalit, perpetuando así arraigadas jerarquías sociales.

No sólo higiene: el tema de la autonomía corporal

El Tribunal destaca un punto central: el desconocimiento del propio cuerpo reduce la autonomía personal. Según el fallo, las personas deben poder tomar decisiones sobre su cuerpo sin presiones sociales ni estereotipos, superando la idea de que la menstruación debe ocultarse o gestionarse de forma invisible.

Sin embargo, los jueces también reconocen un riesgo: centrarse únicamente en la gestión de la higiene menstrual –la llamada higiene menstrual gestión – puede hacer que la gente crea que distribuir productos menstruales es suficiente para resolver el problema. De hecho, un enfoque exclusivamente técnico corre el riesgo de reforzar la idea de que el ciclo es algo que debe controlarse y ocultarse para mantener la “dignidad”.

Entre las indicaciones de la Corte también está la necesidad de fortalecer la educación menstrual en las escuelas, con programas escolares sensibles al género y capacitación específica para docentes. Un punto importante se refiere a la participación de hombres y niños, considerada esencial para desmantelar el estigma y los tabúes.

Según los jueces, el verdadero desafío no es “desinfectar” los cuerpos de las mujeres, pero eliminar los estigmas que rodean la menstruación. Hasta ahora muchas políticas públicas – especialmente en la India – se han centrado casi exclusivamente en la higiene, promoviendo una visión “higienizada” de la menstruación. Esta sentencia intenta ir más allá: reconoce que hablar de menstruación significa también hablar de derechos, autonomía y justicia social.

Si realmente se aplica con esta visión más amplia, la decisión de la Corte Suprema podría transformar la forma en que la sociedad aborda el tema, sacando la salud menstrual de los tribunales a la conciencia cotidiana de la sociedad.